Si eres jubilado y cotizaste a una mutualidad laboral antes de 1978, es probable que Hacienda te deba dinero: hasta septiembre de 2025 ya se han devuelto más de 1.700 millones en un proceso acelerado para recibir todo en un solo pago. Esta guía te ayuda a saber si tienes derecho, cuánto puedes cobrar y cómo seguir tu solicitud paso a paso.

Cantidad total devuelta hasta septiembre 2025: 1.700 millones de euros ·
Importe máximo estimado por persona: hasta 4.000 euros ·
Años de IRPF afectados: desde 2019 hasta 2024 (ejercicios no prescritos) ·
Colectivo beneficiado: mutualistas que cotizaron antes del 1 de enero de 1978

Resumen rápido

1Hechos confirmados
  • Los mutualistas que cotizaron antes de 1978 tienen derecho a devolución (La Voz de Galicia)
  • La AEAT ha devuelto 1.700 millones hasta septiembre de 2025 (elEconomista)
2Qué no está claro
  • El plazo exacto de devolución varía según la oficina
  • No está resuelto si la devolución tributa como ganancia patrimonial
  • No hay cifra oficial del importe máximo; Wolters Kluwer estima hasta 4.000 euros
3Señal cronológica
  • Febrero 2024: Sentencia del Supremo reconoce el derecho
  • 2025: Hacienda acelera pagos en un solo ingreso
4Qué sigue
  • Presentar solicitud en la Sede Electrónica de la AEAT
  • Consultar estado en “Mis expedientes”

Cinco datos clave resumen el panorama actual de las devoluciones a mutualistas.

Indicador Valor
Origen del derecho Sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2024
Cantidad total movilizada (2025) 1.700 millones de euros hasta septiembre
Importe máximo individual hasta 4.000 euros (estimación no oficial)
Ejercicios fiscales incluidos 2019-2024
Plazo de solicitud sin límite actual, pero se recomienda antes de que prescriban ejercicios

¿Cuándo devuelve Hacienda IRPF mutualistas?

Plazo oficial de resolución

  • El plazo legal para responder es de seis meses desde que presentas la solicitud, según establece la normativa de la Agencia Tributaria (sede oficial).
  • Si transcurren seis meses sin respuesta, puedes reclamar intereses de demora.

Calendario de pagos en 2025

  • Hacienda rectificó en marzo de 2025 y volvió a permitir que los reintegros se solicitaran en un único pago, según La Voz de Galicia.
  • La enmienda publicada en el BOE el 25 de julio de 2025 permitió acumular el reembolso de 2019-2022 y años no prescritos en una sola transferencia durante 2025, recoge Demócrata (medio digital).
  • BBVA Mi Jubilación (entidad financiera) señala que la Agencia Tributaria inició en agosto los pagos a mutualistas que presentaron la solicitud durante la campaña anterior.

¿Qué hacer si han pasado más de seis meses sin respuesta?

  • Puedes presentar una reclamación por silencio administrativo.
  • La ley suspendió el plazo de prescripción entre el 22 de diciembre de 2024 y el 26 de julio de 2025, según Demócrata.
El plazo varía

El tiempo de devolución depende de la carga de trabajo de cada oficina de la AEAT. No hay un calendario único; algunos mutualistas reciben el ingreso en semanas, otros esperan meses.

La implicación: cuanto antes presentes la solicitud, antes empieza a correr el plazo legal de seis meses. Si se demora, al menos generas derecho a intereses.

¿Qué jubilados tienen derecho a la devolución de las mutualidades?

Requisitos de cotización antes de 1978

  • Tienen derecho quienes cotizaron a mutualidades laborales (sustitutorias del Régimen General) antes del 1 de enero de 1978, confirma La Voz de Galicia.
  • RTVE (radiotelevisión pública) sitúa el colectivo en jubilados que cotizaron en mutualidades entre 1967 y 1978, además de quienes lo hicieron antes de 1967.
  • La medida afecta a pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales antes de 1978 y que luego pagan IRPF por su pensión, según la misma fuente.

Mutualidades laborales cubiertas

  • Las mutualidades laborales eran entidades sustitutorias del Régimen General de la Seguridad Social.
  • BBVA Mi Jubilación indica que el derecho alcanza una devolución en un único pago de las cuotas abonadas que no fueron deducibles en su momento.

Jubilados y herederos con derecho

  • Los herederos pueden solicitar la devolución en nombre del mutualista fallecido.
  • La devolución alcanza los ejercicios 2019 a 2024 (no prescritos).
¿Quién es elegible?

Si trabajaste en un sector con mutualidad laboral antes de 1978 —banca, construcción, metalurgia—, revisa tu vida laboral. El derecho afecta a cientos de miles de jubilados, pero muchos aún no lo han reclamado.

El patrón: no todos los mutualistas lo saben, y la AEAT no avisa de forma activa. Eres tú quien debe dar el primer paso.

¿Cómo saber si me pertenece la devolución de mutualistas?

Pasos para consultar tu vida laboral

Identificar el tiempo cotizado a la mutualidad

  • Busca en tu vida laboral la palabra “mutualidad” o las siglas de la mutualidad correspondiente.
  • Si aparecen periodos antes del 1 de enero de 1978, tienes derecho.

Cálculo estimado de la cantidad a devolver

La paradoja del cálculo

Cuánto más tiempo cotizaste a la mutualidad y mayor fue tu pensión, más alta será la devolución. Pero también es más fácil que Hacienda tarde en procesarlo si faltan datos históricos.

La clave: usa el simulador de la AEAT antes de presentar la solicitud para tener una cifra orientativa.

¿Cómo puedo saber cuándo me va a devolver Hacienda?

Consulta del estado de la devolución en la Sede Electrónica

Aplicación móvil de la AEAT

  • Descarga la app oficial de la Agencia Tributaria.
  • Accede con tus credenciales y consulta el estado en tu móvil.

Teléfono de información tributaria

  • El teléfono de información tributaria básica es 91 554 87 70.
  • La AEAT notifica por correo postal o electrónico cuando se aprueba la devolución.
¿Qué hacer si no ves nada?

Si han pasado más de dos meses desde tu solicitud y en “Mis expedientes” no aparece ninguna actualización, llama al 91 554 87 70. Puede que tu expediente esté en una oficina con carga alta.

El trade-off: la consulta online es rápida, pero si no tienes certificado digital, tendrás que pedir cita previa en una oficina física, lo que añade semanas al proceso.

¿Cuántos años tienen que devolver a los mutualistas?

Ejercicios fiscales afectados

  • La devolución cubre los ejercicios 2019 a 2024 (los no prescritos en el momento de la sentencia).
  • La Agencia Tributaria (Invertia/El Español) indicó que en 2025 se podía solicitar la devolución correspondiente al ejercicio 2019 y a los anteriores no prescritos.

Límite de prescripción de cuatro años

  • El plazo de prescripción del derecho a devolución es de cuatro años desde la finalización del plazo de declaración.
  • Heraldo de Aragón (periódico regional) recoge que las devoluciones de 2022 y anteriores no prescritos se podrían solicitar año a año a partir de 2025.
  • La ley suspendió el plazo de prescripción entre el 22 de diciembre de 2024 y el 26 de julio de 2025, según Demócrata.

Posibilidad de solicitar ejercicios anteriores si no han prescrito

  • No se incluyen ejercicios anteriores a 2019 salvo que se hubiera reclamado antes.
  • Si tienes dudas sobre tu caso concreto, consulta con un asesor fiscal.

La trampa: aunque el límite legal es de cuatro años, la suspensión de plazos entre 2024 y 2025 amplía la ventana. Revisa tus declaraciones anteriores cuanto antes.

Ventajas

  • Devolución en un solo pago desde 2025
  • Importe máximo de hasta 4.000 euros por persona
  • Procedimiento online sin necesidad de gestor
  • Intereses de demora si Hacienda supera los seis meses

Inconvenientes

  • Tratamiento fiscal de la devolución aún no aclarado
  • Plazo variable según oficina de la AEAT
  • Requiere certificado digital o Cl@ve para agilizar
  • Posibles retrasos si faltan datos históricos de cotización

Pasos para solicitar la devolución

  1. Reúne tu vida laboral e identifica los periodos de cotización a mutualidad laboral antes de 1978.
  2. Accede a la Sede Electrónica de la AEAT (portal oficial).
  3. Busca el formulario “Solicitud de devolución por mutualistas” disponible desde el 2 de abril de 2025, según elEconomista.
  4. Rellena los datos personales, los ejercicios que solicitas y la cantidad estimada.
  5. Adjunta la documentación: vida laboral y certificado de la mutualidad si lo tienes.
  6. Firma electrónicamente o con Cl@ve y envía la solicitud.
  7. Guarda el justificante de presentación con el número de expediente.
  8. Consulta el estado en “Mis expedientes” periódicamente.
En resumen: La AEAT ha simplificado el proceso en 2025 para que recibas todo en un solo pago. Jubilados con cotizaciones antes de 1978: presentad la solicitud cuanto antes. Herederos: también podéis reclamar en nombre del fallecido.

Timeline de la devolución a mutualistas

  • Febrero 2024: El Tribunal Supremo dicta sentencia reconociendo el derecho de los mutualistas a la devolución del IRPF pagado de más.
  • 2024: La Agencia Tributaria abre el plazo para presentar solicitudes de devolución.
  • Primer semestre 2025: Hacienda acelera los pagos y anuncia que abonará la totalidad en un solo pago (La Voz de Galicia).
  • Septiembre 2025: Se han devuelto más de 1.700 millones de euros a los mutualistas.
  • Actualidad: Continúa la tramitación de solicitudes; se recomienda consultar el estado en la Sede Electrónica.
Por qué acelera ahora

La presión mediática y las quejas de los mutualistas llevaron a Hacienda a rectificar en marzo de 2025. Antes planeaba fraccionar los pagos hasta 2028; ahora ingresa todo en uno.

La implicación: si aún no has solicitado la devolución, el momento es ahora. Cuanto más esperes, más riesgo de que los ejercicios más antiguos prescriban.

Hechos confirmados vs. Qué no está claro

Hechos confirmados

  • Los mutualistas que cotizaron antes del 1 de enero de 1978 tienen derecho a la devolución, según La Voz de Galicia.
  • La AEAT ha devuelto 1.700 millones hasta septiembre de 2025, informa elEconomista.
  • La solicitud se realiza a través de la Sede Electrónica (portal oficial de la AEAT) o presencialmente.

Qué no está claro

  • El plazo exacto de devolución varía según la carga de trabajo de cada oficina.
  • No está claro si se devolverán intereses de demora de forma automática.
  • El tratamiento fiscal de la devolución recibida (si debe declararse como ganancia patrimonial) aún no está resuelto por la AEAT.
  • No hay cifra oficial del importe máximo; Wolters Kluwer estima hasta 4.000 euros, pero no está confirmado.

Opiniones de expertos

“Hacienda rectificó en marzo de 2025 y volvió a permitir que los reintegros se solicitaran en un único pago, lo que simplifica enormemente el proceso para los mutualistas.”

La Voz de Galicia (periódico de referencia)

“La Agencia Tributaria ha habilitado un simulador en su sede electrónica para que los mutualistas calculen el importe estimado de su devolución sin necesidad de presentar la solicitud.”

Wolters Kluwer (especialista en normativa fiscal)

“El colectivo afectado son los jubilados que cotizaron en mutualidades entre 1967 y 1978, además de quienes lo hicieron antes de 1967, y muchos aún no han reclamado.”

RTVE (radiotelevisión pública)

“Se recomienda presentar la solicitud cuanto antes, ya que la suspensión de plazos entre diciembre de 2024 y julio de 2025 ha ampliado la ventana para reclamar ejercicios anteriores.”

Demócrata (medio digital)

Resumen: ¿qué significa esto para ti?

Para los mutualistas que aún no han solicitado la devolución, la decisión es clara: actuar ahora, usando el formulario online de la AEAT, o arriesgarse a que los ejercicios de 2019 prescriban en los próximos meses. El proceso es gratuito, no necesitas gestor, y el ingreso puede llegar en semanas si tu documentación está en orden.

Para quienes aún tengan dudas sobre los plazos de Hacienda, guía actualizada sobre devoluciones para mutualistas ofrece información detallada sobre cómo gestionar la solicitud paso a paso.

Preguntas frecuentes

¿Dónde puedo presentar la solicitud de devolución?

En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (portal oficial), con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente con cita previa.

¿Necesito cita previa para acudir a la oficina de la AEAT?

Sí, para la atención presencial debes pedir cita previa a través de la web o el teléfono de la AEAT.

¿Qué documentos debo adjuntar a la solicitud?

Vida laboral que acredite la cotización a la mutualidad antes de 1978 y, si lo tienes, el certificado de la mutualidad laboral.

¿Puedo solicitar la devolución si ya he fallecido (herederos)?

Sí, los herederos pueden presentar la solicitud en nombre del mutualista fallecido, aportando la documentación que acredite su derecho.

¿La devolución del IRPF mutualista está sujeta a tributación?

La AEAT aún no ha aclarado oficialmente si la devolución debe declararse como ganancia patrimonial. Consulta con un asesor fiscal.

¿Cómo puedo reclamar si Hacienda no responde en seis meses?

Transcurridos seis meses sin respuesta, puedes presentar una reclamación por silencio administrativo y exigir intereses de demora.

¿Qué ocurre si trabajé en varias mutualidades?

Debes sumar todos los periodos de cotización a mutualidades laborales antes de 1978. Cada mutualidad puede tener su propio certificado.

¿Puedo solicitar la devolución de ejercicios anteriores a 2019 si aún no han prescrito?

Solo si presentaste la reclamación antes de la prescripción. La suspensión de plazos entre diciembre de 2024 y julio de 2025 puede haber ampliado la ventana para algunos ejercicios.

Nota del editor: Este artículo se actualizó por última vez en noviembre de 2025. Los plazos y procedimientos pueden cambiar; consulta siempre la Sede Electrónica de la AEAT (portal oficial) para la información más reciente.

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